miércoles, 4 de febrero de 2009

ESTADO DE CUENTA AL 02/09/09





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PUEDEN REALIZAR SUS DEPOSITOS Y/O TRANSFERENCIAS EN LA SIGUIENTE CUENTA CORRIENTE : 0134-0467494671079898 DEL BANCO BANESCO A NOMBRE DE:
CRP LOS LAURELES VU 55 EV (E11-12-13)



Autorización de Ingreso Para Visitantes

Como alternativa para la solución del inconveniente que representa salir de nuestros apartamentos para abrirle la puerta de acceso a la Urbanización a nuestros familiares, amigos y visitantes, yen virtud de que los Oficiales de Seguridad no están autorizados a abrir la misma a menos que sea una emergencia, las Juntas de condominio de toda la Urbanización decidimos adquirir un teléfono que se conecto en la garita y esta a completa disposición de todos los propietarios e inquilinos, con el fin de que la visita una vez que se comunique con el propietario o inquilino residente, este realiza una llamada a la vigilancia autorizando el ingreso a la misma, el oficial en este momento procederá a tomar los datos de sus visitantes y les permitirá el acceso, esta medida de cierta forma nos solventa el problema ya que la reparación de los intercomunicadores es bastante costosa, aparte de que no se consiguen empresas especializadas para realizar esta labor.

EL NUMERO DE TELÉFONO ES: 0241-4164255.

La Junta de Condominio

REGLAMENTO INTERNO DE CONDOMINIO PARA EDIF. 9-10-11-12 Y 13.

NORMAS GENERALES

1.- Respetar y mantener en buen estado de las instalaciones incluyendo su apartamento.
2.- No darle a la vivienda un uso distinto al destinado, no podrá establecer en ellos oficinas, comercios, depósitos.
3.- Las mudanzas debe realizarse de 8 am a 6:30 pm de lunes a viernes y los sábados de 9:00 am a 4:00 pm.
4.- Para la mudanza debe estar solvente con el condominio, presentar su solvencia a la vigilancia junto al formato de mudanza que suministra la administradora.
5.- Los propietarios que realicen mudanzas o construcciones en sus apartamentos deben limpiar sus pasillos y escaleras que ensucien.
6.- El horario de remodelaciones (que causen ruidos y molestias) se deben realizar de lunes a viernes de 8:00 am a 12:00 y de 1:30 pm a 6:00 pm. Y el sábado de 8:30 am a 1:00 pm, sin excepción.
7.- Se prohíbe dejar escombros en los pasillos, estacionamientos y cuartos de basura de los edificios.
8.- La basura que se bota por los bajantes debe estar depositada en bolsas plásticas pequeñas bien amarradas, que no obstruyan el ductos y no debe contener objetos cortantes, material descompuesto, animales muertos. Para evitar malos olores y focos de infección.
Las bolsas grandes de basura, cartones, latas, vidrios, deben ser llevados hasta el cuarto de basura principal.
9.- No producir ruidos, ni ejecutar actos que perturben la tranquilidad de los propietarios, utiliza el equipo de sonido, con poco volumen, los días de semana hasta las 8 pm, viernes y sábados hasta las 10:00 pm y los domingos hasta las 6:00 pm
10.- Se prohíbe realizar reuniones en los pasillos o escaleras, ya que perturban la tranquilidad de los demás propietarios.
11.- Todos los propietarios tienen derecho a realizar fiestas en su apto. Cuando le parezca, pero es su deber respetar las normas establecidas, todo moderado que no moleste al vecino.
12.- Se prohíbe lanzar papeles, basura, desperdicios, colillas de cigarro y demás objetos a las áreas verdes y comunes.
Se prohíbe tener animales que molesten o perturben la tranquilidad de tu vecino. (perros, gatos etc.)
13.- Ningún propietario puede colgar ropas a secar en lugares a la vista exterior del edificio, de hacerlo incumpliría con el art. 10 de la ley de propiedad horizontal que dice: que nadie puede realizar acto alguno que pudiere afectar la estética del inmueble sin consentimiento unánime de los demás propietarios. “se agradece buscar soluciones”.
14.- Por razones de seguridad se agradece mantener la puerta de entrada de los edificios cerrada.
15.- Esta prohibido la tenencia en apartamentos o áreas comunes, de sustancias químicas o explosivas que puedan causar incendios que sean nocivas para la salud.
16.- Se prohíbe utilizar las escaleras de planta baja para estacionamiento de bicicletas y motos
17.- Se prohíbe a los propietarios de planta baja salir y entrar por los balcones.
18.- Se prohíbe caminar, sentarse y reunirse en las áreas verdes.
19.- Mantenerse al día con la cuota del condominio, recuerda que de esto depende el buen funcionamiento de los servicios y el mantenimiento de las áreas sociales.
20.- Tomar parte de las asambleas de condominio y en las actividades sociales y recreaciones para el mejoramiento del conjunto residencial.
21.- Cualquier queja o problema que presente con un propietario o inquilino por el incumplimiento de las normas aquí descritas, se le notificara por escrito la primera vez, la segunda vez será acompañada por una multa de 2 unidades tributarias. Y la tercera y ultima notificación será canalizada e través de prefectura.
22.- Dichas multas se relacionara en el recibo de condominio del propietario y serán publicado y cuantificado en montos trimestralmente.
23.- Se prohíbe el uso de aires acondicionados sin la respectiva manguera de desagüe conectadas a la tubería principal.
PARA ÁREAS COMUNES

SON ATRIBUTOS DE LOS PROPIETARIOS

1.- Velar por el buen uso de las áreas comunes.
2.- Cumplir y hacer cumplir los reglamentos internos del condominio.
3.- Notificar a su visitante que no tiene potestad para opinar ni discutir nada relacionado con el conjunto.
4. - Mantenerse al día con la cuota de condominio, recuerda que de esto depende el buen funcionamiento de las áreas comunes.


SON ATRIBUTOS DE LA JUNTA DE CONDOMINIO

1.- Velar por la tranquilidad e intereses d la comunidad.
2.- Llamar ala orden y en caso necesario denunciar ante los medios competentes a los propietarios que infrinjan la ley de propiedad horizontal y/o el reglamento interno de condominio.
3.- Aplicar las sanciones disciplinarias procedentes por la violación de la ley de propiedad horizontal y/o reglamento interno del condominio.
4.- Velar por el buen funcionamiento y mantenimiento de las áreas comunes y hacer cumplir el pago de la alicota de gastos que debe ser cancelada por el propietario

USO DE LA PISCINA Y CANEY

1.- Para poder tener acceso a la piscina es necesario NO estar moroso (2 meses) con el condominio.
2.- Se debe acceder a la piscina solo por la puerta de la entrada al área social, se prohíbe saltar la cerca.
3.- Solo se permitirán cinco (5) personas incluyendo el grupo familiar (dentro del agua), por propietario y/o apto, para el uso de la piscina.
4.- Toda persona que desee el uso de la piscina deberá ducharse previamente y debe hacerlo cada vez que entre.
5.- Se prohíbe el consumo de bebidas y comidas en el área de la piscina.
6.- Se prohíbe el uso de cremas grasosas (bronceadores) ya que daña los sistemas d la planta de tratamiento.
7.- No se permitirá bajo ningún motivo o circunstancia el uso de la piscina por niños de 1 a 8 años, sin la compañía o vigilancia directa de sus padres o representante, quien es el único responsable en caso d accidentes, los cuales debemos evitarlos.
8.- Esta prohibido realizar jugos dentro de la piscina, que pueden molestar al resto de los usuarios o provocar accidentes.
9.- Prohibido usar franelas o ropa de algodón y pantalones o bermudas de Jean ya que desprenden partículas que dañan los filtros de la piscina. Usa bermudas impermeables o trajes de baños preferiblemente ( prohibido el uso hilos dentales).
10.- Existen sanitarios y duchas cercanas a la piscina. Por favor haga buen uso de ellos, e indique a sus representados o visitantes hacerlo también.
11.- Los usuarios de la piscina deberán desvestirse y vestirse en el área social, se prohíbe salir en trajes de baño fuera de la piscina.
12.- Cualquier anomalía (actos inmorales, daños a las áreas, falta de respeto a algún propietario o incumplimiento de las normas) por parte de los propietarios o visitantes del mismo, será aplicada una sanción al propietario del inmueble.
13.- El horario de la piscina es de jueves a domingos de 9:00am a 9:00pm, deben acatar las normas del vigilante.
14.- Queda terminantemente prohibido lanzarse a la piscina.
15.- Se prohíbe el uso de salvavidas, camas o botes de ule, solo flotantes de brazos y chalecos a niños menores de 8 años.
16.- Los visitantes deben estar acompañados por el propietario en las áreas sociales de lo contrario serán retirados de las áreas.

USO DE LA PARRILLERA.

1.- Para la utilización de la parrillera deberá realizarse una solicitud por escrito con un plazo mínimo de 5 días antes de la fecha prevista. Es requisito indispensable para tener este derecho, estar solvente con el pago de condominio, de presentarse mas de una petición para el mismo día y hora se decidirá por orden de llegada y serán prepuestas las demás peticiones para próxima fechas.
2.- El canon de arrendamiento de la misma tendrá un valor de 1 unidad tributaria. Y será depositado en el fondo de reserva, para sus futuras reparaciones y mejora del área social. Y deberá entregar un depósito de 1 unidad tributaria en garantía del buen uso del mismo.
3.- El horario de la parrillera es de martes a domingos de 9:00am a 9:00pm. (martes y miércoles sin uso de la piscina)
4.- Es obligación del usuario dejar el área limpia sin residuos de carbón, cualquier daño deberá ser reparado por cuenta del propietario o persona solicitante, en un lapso no mayor de tres (3) días.

USO DEL SALON DE FIESTA

1.- El uso del salón de fiestas es estrictamente para uso de los propietarios de los edificios y/o por ocupantes o inquilinos previa autorización del administrador o de la junta de condominio
2.- Para su utilización deberá realizarse una solicitud por escrito con un plazo mínimo de quince (15) días antes de la fecha prevista, es requisito indispensable para gozar de este beneficio encontrarse solvente con el pago del condominio, de presentarse más de una petición para el mismo día y hora se les dará curso por estricto orden de llegada y serán pospuestas las demás peticiones para próximas fechas.
3.- El canon de arrendamiento del salón de fiestas tendrá un valor de 2 unidades tributarias y será depositado en el fondo de reserva, para sus futuras reparaciones y mejora del área social y se deberá entregar un deposito de 2 U.T en garantía del buen uso del mismo, el salón se entregara en optimas condiciones y es obligación del usuario entregarlo igual.
4.- Quién utilice el salón de fiesta debe hacerse responsable de cualquier daño ocasionado a las instalaciones y equipamiento del mismo en un plazo no mayor de tres (3) días
5.- El horario de utilización del salón de fiesta es:
De domingo a jueves hasta las 10:00 pm
Viernes y sábado hasta las 2:00 am (pierde el deposito quien incumpla con este horario)
6.- Si se utiliza música en estas reuniones, su volumen deberá ser moderado para no causar molestias a ningún miembro de la comunidad.
7.- Queda terminantemente prohibido colocar y sacar mobiliario (sillas, mesas, cavas etc.) en los alrededores y áreas verdes del salón.
8.- Es indispensable que el propietario entregue un listado de invitados a la vigilancia para el acceso de los invitados al salón de fiesta (de no hacerlo deberá ir personalmente a abrir la puerta.)

USO DEL PARQUE INFANTIL

1.- El parque es solo para los niños en edades comprendida de 1 a 10 años.(SIN EXCEPCION)
2.- El horario del uso del parque es de lunes a domingo de 9:00am a 9:00pm.
3.- No se permitirá bajo ninguna circunstancia el uso del parque por niños menores de cuatro (4) años, sin la compañía de su padre o representante quien pasara a ser único responsable en caso de algún accidente, los cuales debemos evitarlos.

USO DEL ESTACIONAMIENTO

1.- Ocupar el puesto de estacionamiento correspondiente, es decir el que indica el documento de propiedad.
2.- Si algún propietario desea alquilar o prestar el puesto de estacionamiento, solo puedo hacerlo con otro propietario del conjunto, de lo contrario queda prohibido el alquiler o préstamo del mismo.
3.- Se prohíbe estacionar en zona no permitida, atravesarse detrás de otros vehículos, impidiendo el libre transito.
4.- Se prohíbe realizar trabajos de mecánica ni lavar el carro en el estacionamiento.
5.- Si el carro posee un bote de aceite, tomar las medidas necesarias para la corrección (mientras se resuelve el problema colocar un cartón, o cualquier otro material que no permita manchar el cemento).
6.- Si utiliza el puesto de estacionamiento para almacenar escombros debe cubrirlo con una lona o botar los escombros a la brevedad posible.
7.- Se prohíbe el ingreso de vehículos de visitantes al conjunto, a menos que el propietario seda su puesto o cualquier propietario autorice a usar su puesto de estacionamiento esto debe ser pasado por escrito a la junta de condominio y a la vigilancia.
8.- La velocidad máxima permitida para circular dentro del estacionamiento es de 10 km. X hrs. Y esta prohibido tocar corneta dentro del mismo.
9.- Queda terminantemente prohibido el uso de caminarías por niños mayores de 10 años para jugar y correr bicicletas, patines y monopatines.
10.- Se prohíbe el consumo de bebidas alcohólicas, el uso de equipos de sonidos y el efectuar reuniones que causen molestias a la comunidad.
11.- El acceso y salida del estacionamiento debe hacerse utilizando su control, queda prohibido que los vigilantes abren el portón , solo en caso de emergencia o falla eléctrica.


DE LAS AREAS COMUNES (VIGILANCIA, CONSERJERIA, ACERCA DE CIRCULACION Y AREAS VERDES, ETC)

1.- Se prohíbe la permanencia de propietarios en el área de la caseta de vigilancia y/o alrededores de la misma que perturben las actividades de los vigilantes.
2.- SE PROHIBE EL PASO PEATONAL POR LOS PORTONES.
3.- Todo propietario y/o inquilino debe tener llave de la puerta peatonal, el vigilante solo abrirá la puerta a los visitantes previa autorización del propietario y llenará el control de visitas, de lo contrario debemos hacerlo personalmente. (abrir la puerta)
4.- Se prohíbe la realización de reuniones en las puertas de las conserjerías.
5.- Se prohíbe la utilización de la acercas de circulación peatonal y áreas verdes como áreas de reunión y juegos que causen molestias a los vecinos ya que las mismas son para circular.
6.- Se prohíbe la circulación y tenencia de animales domésticos (perros, gatos, etc.) en las áreas comunes, los mismos quedan circunscritos estrictamente en el interior de los apartamentos.
7.- Queda prohibido el uso de cuartos de basuras, electricidad, hidroneumática, depósitos, cuartos de bombas y conserjerías para guardar cualquier objeto de propiedad particular.
8.- Se prohíbe la utilización del área de bombonas de gas para el tendido de ropa.
9.-Mantener supervisión estricta de los niños y adolescentes por parte de su representante que se encuentran en las áreas comunes, para evitar inconveniente con los propietarios, sobre todo en el área de estacionamiento, parque y piscina.
10.- Se prohíbe arrojar desperdicios en las áreas comunes del conjunto, utiliza las papeleras.


S A N C I O N E S

LA VIOLACIÓN O INCUMPLIMIENTO DE LOS REGLAMENTOS ANTERIORMENTE DESCRITOS SON CAUSA DE AMONESTACIONES QUE SE REALIZARAN DE LA SIGUIENTE FORMA:

Primera vez: Amonestación por escrito
Segunda vez: Amonestación por escrito y aplicación de multa de 2 unidades tributarias. Y se publicara en cartelera mensualmente.
Tercera vez: Se acudirá alas autoridades competentes (prefectura y/o fiscalía)


COMO PROPIETARIO Y/O INQUILINO MAYOR DE EDAD Y RESPONSABLE DEBO CUMPLIR Y HACER CUMPLIR ESTE REGLAMENTO, RESPETANDO AL VECINOS, VIGILANTES Y CONSERJE; SOLO DE ESTA MANERA PODEMOS CONVIVIR EN ARMONIA Y MANTENER EN BUEN ESTADO NUESTRAS INSTALACIONES.


ATENTAMENTE:

La Junta de Condominio